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sábado, 27 de septiembre de 2014

LA TENENCIA DE LA TIERRA RURAL - URBANA

La tenencia de la tierra  Rural – Urbana ( Primera parte)

La tenencia de la tierra es una parte importante de las estructuras sociales, políticas y económicas. Es de carácter multidimensional, ya que hace entrar en juego aspectos sociales, técnicos, económicos, institucionales, jurídicos y políticos que muchas veces son pasados por alto pero que deben tenerse en cuenta. Las relaciones de tenencia de la tierra pueden estar bien definidas y ser exigibles ante un tribunal judicial oficial o mediante estructuras consuetudinarias dentro de una comunidad. En otros casos, pueden estar relativamente mal definidas, con ambigüedades que se prestan a abusos.
Se considera que la tenencia de la tierra se constituye en una red de intereses interrelacionados. Entro los que  figuran los siguientes:
•          Intereses dominantes: cuando el Estado tiene facultades para asignar o redistribuir la tierra mediante expropiación, etc.
•          Intereses superpuestos: cuando varias partes han recibido derechos diferentes sobre la misma pacerla de tierra por ejemplo, una parte puede tener derecho de arrendamiento y otra derecho de paso.
•          Intereses enfrentados: cuando diferentes partes reclaman los mismos intereses en la misma parcela de tierra, por ejemplo, cuando dos partes reclaman independientemente el derecho a la utilización exclusiva de una parcela de tierra de cultivo. Los conflictos por la tenencia de la tierra suelen ser consecuencia de la existencia de reivindicaciones opuestas.

En términos generales, los derechos de tenencia de la tierra se clasifican muchas veces teniendo en cuenta si son «formales» o «informales». Puede haber problemas de percepción con este planteamiento ya que, por ejemplo, algunos de los llamados derechos informales pueden ser, en la práctica, muy formales y seguros en su propio contexto. A pesar de estos problemas de percepción, la división de la tenencia en formal e informal puede servir en algunos casos de base para análisis útiles.
Podrían considerarse como derechos de propiedad formales los que son reconocidos expresamente por el Estado y que pueden ser protegidos a través de medios legales.

Derechos de propiedad informales son los que carecen de reconocimiento y protección oficial. En algunos casos, los derechos de propiedad informales son ilegales, es decir, representan una infracción a la ley. Un caso extremo es el de los invasores que ocupan un lugar en contravención de un aviso de desahucio. En muchos países, los casos de tenencia ilegal se producen por deficiencias del sistema legislativo. Por ejemplo, la legislación define algunas veces el tamaño mínimo de una explotación, mientras que en la práctica éstas son a veces mucho más pequeñas debido a subdivisiones informales realizadas entre los herederos. Los derechos de propiedad pueden ser también ilegales debido a su utilización, por ejemplo, la conversión ilícita de tierras agrícolas para actividades urbanas.

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